Orden FOM/1230/2013
Define qué autobuses deben llevar hoja de ruta, las exenciones, el plazo de conservación, los datos obligatorios y las cuatro clases de naturaleza del servicio.
Ley 9/2025, de Movilidad Sostenible
Su disposición transitoria octava establece que la hoja de ruta será necesariamente digital diez meses después de la entrada en vigor de la ley. La fecha resultante es el 5 de octubre de 2026.
Resolución de 5 de junio de 2026
Regula las aplicaciones, generación previa, PDF nativo, metadatos, QR, URL, conservación, firmas opcionales, modificaciones, agrupación y entrega al conductor.
Qué cambió en 2026 respecto al procedimiento de 2023
La resolución de 2026 deja sin efecto la Resolución de 22 de mayo de 2023. El procedimiento vigente permite que el repositorio utilice cualquier dominio y elimina la obligación de comunicarlo previamente a la Administración. Para viajeros, el PDF incorpora un QR que contiene la URL HTTPS única desde la que se descarga directamente el documento.
¿El software necesita homologación o registro previo?
La resolución establece condiciones para las aplicaciones y para el resultado generado, pero no crea un procedimiento específico de homologación, certificación o inscripción previa del programa HeRU. La empresa debe comprobar que su solución cumple los requisitos técnicos y conserva correctamente los documentos.
Requisitos que conviene verificar
- PDF nativo digital de un máximo de 5 MB, no un documento escaneado.
- Metadatos de creación y, cuando corresponda, de modificación.
- QR con URL HTTPS única y seguridad TLS 1.2 o superior.
- Descarga directa del PDF sin credenciales, botones ni interacción manual.
- Disponibilidad durante el servicio y conservación durante al menos un año.
- Entrega de la versión vigente al conductor y trazabilidad de los cambios.
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