Fuentes oficiales

Normativa de la hoja de ruta digital

La obligación se entiende combinando la orden que regula la hoja de ruta, la Ley de Movilidad Sostenible y la resolución técnica de 2026.

Orden FOM/1230/2013

Define qué autobuses deben llevar hoja de ruta, las exenciones, el plazo de conservación, los datos obligatorios y las cuatro clases de naturaleza del servicio.

Ley 9/2025, de Movilidad Sostenible

Su disposición transitoria octava establece que la hoja de ruta será necesariamente digital diez meses después de la entrada en vigor de la ley. La fecha resultante es el 5 de octubre de 2026.

Resolución de 5 de junio de 2026

Regula las aplicaciones, generación previa, PDF nativo, metadatos, QR, URL, conservación, firmas opcionales, modificaciones, agrupación y entrega al conductor.

Los textos consolidados del BOE son informativos. Para una revisión jurídica deben consultarse también las publicaciones oficiales y posibles cambios posteriores.
Revisión de fuentesEquipo HeruDoc · 28 de julio de 2026