Carecer de la hoja o de datos esenciales
La LOTT considera infracción grave la carencia, falta de diligenciado o falta de datos esenciales de la documentación de control obligatoria. También incluye que la empresa no vele debidamente para que el conductor disponga de ella en papel o en formato electrónico durante un control en carretera.
La horquilla general prevista para la infracción del artículo 141.17 es de 401 a 600 euros.
Ocultación, falta de conservación o comunicación
La misma tipificación incluye la ocultación, la falta de conservación, la falta de comunicación a la Administración o una demora injustificada. La empresa debe mantener cada fichero durante al menos un año y poder ponerlo a disposición de Inspección.
Falseamiento y obstrucción
Alterar deliberadamente datos o impedir gravemente una actuación inspectora puede encajar en infracciones diferentes y de mayor gravedad. La calificación concreta depende de los hechos, la intencionalidad, la normativa aplicable y la resolución de la Administración competente.
Cómo reducir el riesgo operativo
- Generar el HeRU antes de cada salida afectada.
- Validar empresa, contratante, recorrido, matrícula, conductor y naturaleza.
- Confirmar que el conductor recibe el PDF o QR vigente.
- Descargar una copia cuando se prevea cobertura limitada.
- Registrar los cambios y conservar las versiones anteriores.
Preguntas frecuentes
¿Cuál es la multa por no llevar la hoja de ruta?
La carencia o falta de datos esenciales se tipifica con carácter general como infracción grave en el artículo 141.17 de la LOTT, con una horquilla de 401 a 600 euros. Otros hechos, como el falseamiento u obstrucción, pueden recibir otra calificación.
¿Un dato incorrecto supone siempre una sanción muy grave?
No. Deben distinguirse un error, la falta de un dato esencial y el falseamiento deliberado. La Administración valora los hechos y aplica la tipificación que corresponda.
¿Puede sancionarse no conservar el HeRU?
Sí. La falta de conservación o la ocultación de documentación obligatoria está incluida en el régimen sancionador.